La Sede es un sitio de internet con un nivel superior de garantías y seguridad para dar cumplimiento a las exigencias de la legislación vigente desde donde los ciudadanos pueden ejercer el derecho de acceso a la información, los servicios y los trámites del administración pública de forma telemática, con garantía de la integridad y veracidad del contenido ya que la entidad titular de la Sede es responsable del contenido.
La información que se puede encontrar en la Seu es la relativa a :
A todos los interesados que opten por interactuar con la entidad a través de Internet.
¿Qué se puede hacer a la Sede electrónica?
Presentar documentación en el Registro, consultar el estado de los expedientes, recibir notificaciones electrónicas y realizar gestiones que hasta ahora se realizaban de forma presencial. Consultar información referente a normativa, subvenciones, documentos públicos, diarios oficiales, convocatorias de oferta de trabajo, perfil de contratante, etc.
Sí, tienen igual validez los trámites realizados a través de la Sede Electrónica que los efectuados de forma presencial.
La comunicación entre usted y la Sede es segura. Toda la información viaja cifrada, los certificados electrónicos garantizan la identidad de ambas partes. Los datos personales que usted envía por Internet están cifrados y, una vez guardados en nuestros sistemas, utilizamos los medios necesarios para protegerlos, en cumplimiento de la Ley en materia de Protección de Datos de Carácter Personal.
Se puede acceder a ella para realizar trámites y consultar información durante 24 horas los 365 días del año desde cualquier sitio.
Hay que tener en cuenta que los trámites realizados en días inhábiles se entenderán efectuados el primer día hábil siguiente (consultar apartado días hábiles e inhábiles)
Para el cómputo de plazos de cualquier trámite, la fecha y hora que tendrán validez legal serán las oficiales de la Sede y no las del equipo desde el que se realice el trámite (tal y como dispone la normativa vigente). En cuanto a la fecha y hora, se tendrán en cuenta las de confirmación del trámite, cuando el ciudadano confirma la solicitud y/o los documentos y recibe el recibo correspondiente del Registro. Por ejemplo, supongamos un trámite administrativo cuyo plazo termina el 20 de septiembre. Si usted comienza a cumplimentar su solicitud a las 23:50 horas, pero termina a las 00:10 horas del día siguiente, la solicitud estará fuera de plazo.
Además, debe tenerse en cuenta que los trámites realizados en días inhábiles se entenderán efectuados el primer día hábil siguiente.
La copia electrónica auténtica es un documento electrónico, firmado digitalmente, que es idéntico y tiene la misma eficacia jurídica que el documento electrónico original que aparece en la Sede Electrónica en el momento en que se realiza la consulta. Debe tenerse en cuenta que la validez legal la tiene el documento digital, no la copia impresa en papel.
La copia electrónica auténtica o autorizada es el equivalente electrónico de la copia auténtica o autorizada en papel, y se encuentra regulada por la ley.
El registro de publicaciones de la Sede Electrónica recoge las evidencias electrónicas en relación a la publicación y la disponibilidad de los contenidos de la Sede.
Las evidencias electrónicas son el rastro que deja el contenido en la Sede. Permiten demostrar el momento en que ha sido publicado cada uno de los contenidos y el tiempo que ha estado disponible en la Seu. También permiten demostrar que si durante ese tiempo el contenido ha variado. En cualquier caso, las evidencias electrónicas permiten demostrar quién ha realizado cada una de las acciones.
La otra característica de las evidencias electrónicas es la correcta preservación de la cadena de custodia, de modo que existan garantías de que la prueba no puede ser manipulada y, por tanto, puede ser presentada ante un tribunal como prueba fehaciente y verídica. De esta forma, quedan garantizados los derechos de los ciudadanos y la independencia y la transparencia de los contenidos de la Sede Electrónica.
La firma electrónica es el conjunto de datos en forma electrónica (consignados junto con otros o asociados a ellos) que permiten identificar al signatario, intercambiar información con otras personas y entidades de forma segura y firmar electrónicamente los datos que se envían, de tal forma que se puedan comprobar su integridad y procedencia.
La firma electrónica reconocida tiene, respecto de los datos consignados en forma electrónica, el mismo valor que la firma manuscrita en relación con los datos consignados en los documentos en papel.
Nunca le pediremos por correo electrónico ni su certificado ni su código PIN. Desconfíe si alguien les pide.
Mantenga actualizado su sistema operativo, antivirus y navegador.
Acceda a la Sede Electrónica desde una web fiable. No acceda desde enlaces que encuentre en correos electrónicos ni en otras webs.
No escriba el código PIN de su certificado si hay alguien cerca que pueda distinguir qué teclea.
Nunca guarde el código PIN de su certificado si se encuentra en un ordenador que no es el habitual.
Cierre correctamente el navegador si utiliza ordenadores de lugares públicos oa los que tengan acceso terceras personas.
Elija un código PIN difícil de acertar para reforzar su seguridad. No utilice datos fácilmente deducibles como la fecha de nacimiento, o que lleve anotados en algún sitio.
En la esquina superior derecha de la pantalla encontrará un buscador que le facilitará el acceso a los contenidos.
Es un documento electrónico que garantiza la identidad de una persona en un sistema informático y permite realizar trámites telemáticos con plenas garantías técnicas y jurídicas en distintos portales o plataformas.
Los certificados deben ser emitidos por una entidad de certificación (entidad de confianza que se encarga de verificar las identidades certificadas).
Al tratarse de un archivo electrónico, el certificado puede encontrarse en una memoria USB, en un CD, instalado en un ordenador o contenido en una tarjeta con un chip integrado.
Para saber si ya tenemos algún certificado instalado en el ordenador, podemos buscarlo en el navegador web:
Herramientas - Opciones de Internet - En la pestaña" Contenido", pulse el botón "Certificados". Si el certificado está correctamente instalado, aparecerá en la pestaña "Personal" de esta ventana.
Herramientas - Opciones - Avanzado - En la pestaña "Cifraje", pulse el botón "Visualizar los certificados". Si el certificado está correctamente instalado, aparecerá en la pestaña "Sus certificados" de esta ventana.
Un certificado digital permite:
Identificarse y garantizar la identidad del usuario en Internet.
Firmar documentos electrónicos con validez legal.
Enviar información entre dos partes de forma segura e íntegra.
Acceder al servicio de una forma más directa, ya que no es necesario recordar al usuario y la clave.
Acceder a información personal y/o contenidos restringidos.
Es necesario solicitar certificado a una de las entidades reconocidas: Autoridades de certificación reconocidas
Una vez solicitado, será necesario instalarlo en el ordenador.
El certificado idCAT, que emite la Agència Catalana de Certificació, es gratuito. Su principal ventaja es su portabilidad, puesto que el certificado se puede utilizar en cualquier ordenador.
Los nuevos DNI incorporan ya certificados electrónicos. En ese caso, para utilizarlos, es indispensable un lector de tarjetas. se puede encontrar más información en la web oficial del DNI electrónico http://www.dnielectronico.es.
La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre también ofrece un certificado digital ampliamente reconocido. A través de su web http://www.fnmt.es se puede iniciar el trámite para solicitarlo.
Para utilizar un certificado se necesita:
Disponer de un certificado digital reconocido por la Carpeta de servicios y trámites (idCAT, DNIe...).
Tener un dispositivo USB o lector de tarjetas chip compatible con el certificado, en caso de que sea en soporte físico.
Tener instalados correctamente los componentes de software que ha proporcionado la entidad emisora ??del certificado y los drivers del dispositivo USB o lector de tarjetas.
Según la normativa en materia de firma electrónica, ésta tendrá respecto a los datos consignados en forma electrónica el mismo valor que la firma manuscrita en relación con las consignadas en papel.
En esta sede se pueden utilizar, en cualquier caso, los sistemas de firma electrónica incorporados en el Documento Nacional de Identidad (DNIe). Toda la información relacionada con este dispositivo se puede encontrar en http://www.dnielectronico.es/
También se pueden utilizar cualquiera de los siguientes certificados emitidos por alguna de las Autoridades de Certificación clasificadas por la Agencia Catalana de certificación (CATCert):
Usted puede tener más de un certificado en su ordenador y en el momento de utilizarlo se le preguntará cuál de ellos desea utilizar.
Comprobando que el navegador conozca el certificado
Si no se encuentra el certificado en el navegador:
Si encuentras el certificado al navegador, pero:
Resolución de problemas del DNIe al Servicio de Atención a la Ciudadanía
http://www.dnielectronico.es
900 364 463